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Derechos de autor vs. IA: el fallo pionero del tribunal de Hamburgo

¡Queridos lectores, queridas lectoras! Inauguramos este 2025 -quinto año de este apreciado blog- con un post sobre -nuestra ya amiga- la Inteligencia Artificial (IA) y el primer fallo de un tribunal europeo, a finales del ya clausurado 2024.

Y es que el pasado 27 de septiembre de 2024, el Tribunal Regional de Hamburgo emitió un fallo que marca un precedente en Europa sobre un tema clave en la minería de datos y textos (Text and Data Mining, TDM): el conflicto, conocido de todos, entre la IA y los derechos de autor. La sentencia, en particular, aborda la legalidad de utilizar imágenes protegidas por derechos de autor en conjuntos de datos empleados para entrenar modelos de IA generativa.

El caso fue impulsado por el fotógrafo alemán Robert Kneschke, quien demandó a la organización LAION, alegando que su fotografía había sido usada sin permiso en un conjunto de datos público diseñado para desarrollar sistemas de IA. LAION, una entidad sin ánimo de lucro integrada por investigadores dedicados al perfeccionamiento de algoritmos de aprendizaje automático, por su parte, recopiló un dataset masivo de casi 6 mil millones de pares imagen-texto extraídos de internet, y entre los que se encontraba la obra de Kneschke. La fotografía, alojada en una plataforma que claramente indicaba que estaba protegida por derechos de autor y bajo licencia con restricciones específicas contra el scraping automatizado (o raspado web es una técnica utilizada mediante programas de software para extraer información de sitios web), fue descargada y utilizada por LAION en sus análisis sin autorización previa.

En la plataforma de origen existía una cláusula explícita que prohibía el uso de herramientas automatizadas para acceder, descargar o procesar su contenido. Sin embargo, LAION ignoró esta restricción, integró la fotografía en su dataset y realizó un análisis automatizado para validar correlaciones entre imágenes y descripciones textuales.

Kneschke argumentó que estas acciones infringieron su derecho exclusivo de reproducción, ya que implicaron la descarga y almacenamiento de su obra sin su consentimiento.

A la luz de lo anterior, el Tribunal referido confirmó que LAION había reproducido la instantánea protegida, pero concluyó que esta acción estaba cubierta por la excepción contemplada en el Artículo 60d de la Ley de Derechos de Autor y Derechos Conexos de Alemania (Urheberrechtsgesetz - UrhG), que permite la utilización de obras protegidas para minería de datos con fines de investigación científica. Este artículo es una transposición de los Artículos 3 y 4 de la Directiva (UE) 2019/790 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de abril de 2019, sobre los derechos de autor y derechos afines en el mercado único digital y por la que se modifican las Directivas 96/9/CE y 2001/29/CE (la “Directiva 2019/790”), que permite el TDM siempre que no exista una reserva válida que lo prohíba.

El fallo determinó que la fotografía cumplía con los requisitos de accesibilidad legal para fines de investigación no comercial. Según el Tribunal, LAION operó dentro del marco de la investigación científica y no buscó fines lucrativos, lo que justificó el uso temporal de la imagen sin necesidad de autorización explícita del autor. Además, se señaló que LAION no generaba resultados basados directamente en las imágenes del dataset, sino que las utilizaba exclusivamente para análisis internos.

Respecto a la cláusula de reserva de derechos (opt-out) incluida en los términos y condiciones de uso de la plataforma, el Tribunal analizó si esta cumplía con los estándares de legibilidad por máquina requeridos por la Directiva 2019/790. Aunque se consideró que la redacción en lenguaje natural podría ser válida, no se llegó a una conclusión definitiva, dejando este aspecto sujeto a evaluación caso por caso.

El Tribunal también mencionó el Reglamento de Inteligencia Artificial (Reglamento (UE) 2024/1689 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de junio de 2024, por el que se establecen normas armonizadas en materia de inteligencia artificial y por el que se modifican los Reglamentos (CE) n.° 300/2008, (UE) n.° 167/2013, (UE) n.° 168/2013, (UE) 2018/858, (UE) 2018/1139 y (UE) 2019/2144 y las Directivas 2014/90/UE, (UE) 2016/797 y (UE) 2020/1828), que exige a los desarrolladores de IA estrategias claras para identificar y respetar reservas válidas de derechos. Sin embargo, este reglamento no fue determinante para la sentencia, que se basó principalmente en la interpretación de la Directiva 2019/790 y las excepciones de la norma alemana.

En definitiva, la decisión del Tribunal de Hamburgo establece un precedente en la regulación del uso de obras protegidas en datasets para IA generativa, aunque no representa un cambio drástico. Es probable que el caso escale a instancias superiores, como el Tribunal de Apelación de Hamburgo, el Tribunal Federal de Justicia alemán o incluso el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Seréis informados debidamente en tales escenarios.

Es claro que el fallo favorece a organizaciones de investigación científica, pero plantea interrogantes importantes para los titulares de derechos de autor en un entorno de rápido avance tecnológico. La interpretación flexible de la excepción de interés científico, basada en la ausencia de fines comerciales y en el acceso público al dataset, deja cuestiones abiertas sobre el uso potencialmente comercial de los resultados generados.

Por otro lado, la falta de claridad en los requisitos para un opt-out efectivo evidencia la necesidad de regulaciones más precisas.

En resumen, el debate sobre cómo equilibrar los derechos de autor con el avance de la IA sigue abierto. El desarrollo de jurisprudencia en este ámbito será esencial para definir cómo se pueden proteger las creaciones originales mientras se promueve la innovación tecnológica.

Natalia Tamames

Natalia Tamames